Un total de 95 artículos son los que componen el primer informe de la Comisión 1 de Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral. En la sesión del Pleno de la Convención fijada para la mañana de este viernes 18, se votarán normas que buscan definir a Chile como un Estado Plurinacional, que tendría un Congreso Plurinacional, un Consejo y/o Cámara Territorial que busca incidir en las regiones, además de la polémica suspensión del voto a personas interdictas por demencia, entre otras propuestas.
En medio de extensas jornadas de deliberación, existe la amenaza de que estas normas terminen siendo rechazadas. ¿Por qué? Los profundos cambios que plantean algunos de estos artículos en la estructura del sistema político, sumados a una «falta de coherencia» del articulado, serían la principal razón para votar en contra durante la jornada del viernes. En caso de que esto ocurra, los artículos rechazados se devolverían a la Comisión de Sistema Político para ser modificados. Con un plazo máximo de 15 días, estos deberán incluirse en un informe de reemplazo.
Hasta el momento, tanto el Colectivo Socialista como Vamos por Chile tienen planeado rechazar casi la totalidad de los artículos contenidos en el informe.
Hasta el momento, tanto el Colectivo Socialista como Vamos por Chile tienen planeado rechazar casi la totalidad de los artículos contenidos en el informe. Por ejemplo, no existe consenso con respecto a la futura composición del poder legislativo, por lo que ambos conglomerados creen que la mejor manera es realizar modificaciones a las normas propuestas.
La Comisión de Sistema Político tiene como coordinadores a Rosa Catrileo (PPOO) y Ricardo Montero (PS) y reúne a algunos de los abogados de mayor influencia en la CC como Jaime Bassa (FA), Fernando Atria (FA), Raúl Celis (RN), Fuad Chahín (DC), Constanza Hube (UDI), Hernán Larraín (Evópoli), Constanza Schonhaut (FA), entre otros. Esta instancia se ha encargado de estudiar y aprobar propuestas de normas referentes a instituciones, organización del Estado y régimen político; materias de ley y formación de la ley; Estado Plurinacional y libre determinación de los pueblos; entre otros aspectos presentes en el informe final que fue entregado este jueves 17 de marzo.
Otros aspectos de su competencia son la seguridad pública, defensa nacional y rol de las Fuerzas Armadas; además de las Relaciones Exteriores, integración regional y cooperación transfronteriza. Sin embargo, estos temas pasarán a integrar un segundo informe que será emitido al Pleno de la Convención.
¿Qué viene en el Pleno 17?
Uno de los aspectos más relevantes que define este informe tiene que ver con asegurar una democracia paritaria (artículo 1). ¿Qué significa esto? Que el Estado debe promover una sociedad en la que “mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexuales y de género participan en condiciones de igualdad sustantiva”.
En relación con las demandas de los pueblos originarios y su reconocimiento en Chile, el artículo 4 del informe propone que Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural, es decir, reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos a lo largo del territorio. De la mano de aquello, el artículo 9 define un Congreso Plurinacional que busca representar a la diversidad de pueblos. También se plantea la existencia de un Consejo y/o Cámara Territorial (ambas propuestas llegarán al Pleno), órgano que tendrá incidencia legislativa en temas regionales, pero sin facultad revisora.
«No van a haber grandes definiciones dentro de la Comisión. Hasta donde entiendo, no se han generado suficientes consensos. Entonces, es probable que muchas normas se rechacen y que esto vuelva a discusión en la Comisión”. Ruggero Cozzi (D6)
En el capítulo referente al Poder Ejecutivo, artículos como el nº56 y nº60 definen el cargo del Presidente de la República, Ministro o Ministra de Gobierno y Vicepresidente. Tanto el Presidente como el Vicepresidente serán elegidos por sufragio “universal, directo, libre y secreto”.
Sobre estos cargos, el convencional de Vamos por Chile, Ruggero Cozzi, explica: «Veo con mucho escepticismo esta idea de que al Presidente de la República le acompañe un Vicepresidente y un Ministro de Gobierno, porque tendríamos un monstruo de tres cabezas que probablemente se pelearían entre sí. Creo que todavía estamos muy entrampados en la discusión y esto es preocupante, porque el plazo lo tenemos encima. Por más que aprobemos derechos y tengamos principios en la Constitución, si no tenemos un sistema de gobierno es como tener un auto sin motor».
Cozzi augura que para la votación de las normas este viernes en el Pleno «no van a haber grandes definiciones dentro de la Comisión. Hasta donde entiendo, no se han generado suficientes consensos. Entonces, es probable que muchas normas se rechacen y que esto vuelva a discusión en la Comisión”.
Efectivamente, el informe contempla materias en las que no se ha llegado a acuerdo -por ahora- en ningún sector, dificultando que las propuestas consigan los ⅔ necesarios para su aprobación. Sobre las conversaciones que se han dado en las últimas horas y un posible acuerdo, Constanza Schonhaut (FA) dice “va a depender harto de las conversaciones que tengamos entre colectivos. La idea es poder llegar con un acuerdo general para ojalá respetar el acuerdo en el que habíamos coincidido inicialmente, pero también entendiendo que hay un espacio a seguir conversando algunos temas. En la medida en que este es un informe sistémico, es importante mantener la coherencia al momento de aprobar o rechazar una norma”.
Menos esperanzado se mostró el convencional Hernán Larraín (Evópoli) en su cuenta de Twitter. “Mañana se vota en el Pleno una propuesta de Sistema político incoherente, un Frankenstein jurídico, luego de meses de trabajo. Ocurrió porque las izquierdas ‘negociaron’ un acuerdo con concesiones cruzadas en vez de elegir un sistema coherente. Aún estamos a tiempo de enmendar”.
Suspensión del voto a interdictos por demencia
Otra de las normas que han sido objeto de polémica es la que busca suspender el derecho a voto de personas interdictas por demencia. El artículo en cuestión señala lo siguiente:
Artículo 86 (63 T.S.).- El derecho a sufragio se suspende por interdicción en caso de demencia.
Para la sesión de la Comisión de Sistema Político de este jueves, fue invitada como expositora María Soledad Cisternas, abogada y activista por los derechos de las personas con discapacidad. Hacia el final de sus planteamientos, la abogada manifestó su rechazo a esta propuesta, ya que iría en contra de los tratados internacionales que ha suscrito Chile con respecto a derechos humanos. “Sé que van a votar las normas sobre el derecho a voto. Y ahí no se ha considerado un tratado internacional que es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que claramente señala que tienen derecho a voto. Por lo tanto, si se dictamina que las personas interdictas por demencia no tienen derecho a voto, se está incurriendo en una contravención a esa Convención internacional”, mencionó.
Constanza Schonhaut aclaró que el Frente Amplio rechazará la propuesta de norma: “Como en todos los informes, hay normas que vienen con errores o normas que simplemente son aprobadas y tienen que ser rechazadas en el Pleno. Esa es una de esas normas, y en eso al menos en el Frente Amplio estamos de acuerdo con rechazarla”.
Algunos de los artículos que se discutirán la mañana del viernes son:
Artículo 1°.- «Democracia paritaria. El Estado de Chile se funda en una democracia paritaria, que promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexuales y de género participan en condiciones de igualdad sustantiva, y reconoce que su representación efectiva en el conjunto del proceso democrático es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la democracia y la ciudadanía».
Artículo 4° (6° T.S.).- «Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado.
Los pueblos y naciones indígenas son preexistentes al Estado de Chile por habitar en el territorio desde tiempos ancestrales y ser anteriores a su conformación o a sus actuales fronteras. Son titulares del derecho de libre determinación, así como de los demás derechos colectivos reconocidos y garantizados conforme a esta Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos ratificados y vigentes en Chile y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas».
Artículo 9° (10 T.S.).- «El Congreso Plurinacional es el órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa a los pueblos reunidos y naciones que coexisten al interior del Estado. Ejerce la potestad legislativa y las demás facultades encomendadas por la Constitución y las leyes».
Artículo 51.- «Del Consejo Territorial. El Consejo Territorial es el órgano paritario y plurinacional de representación territorial encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional y de ejercer las demás competencias establecidas por esta Constitución».
Artículo 56 (41 T.S.).- «La función ejecutiva se ejerce por la Presidenta o Presidente, la Vicepresidenta o Vicepresidente, la Ministra o Ministro de Gobierno y las Ministras y Ministros de Estado».
Artículo 59 (43 T.S.).- «Para ser elegida Presidenta o Presidente se requiere tener nacionalidad chilena, ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio, haber cumplido treinta años de edad y tener residencia efectiva en el territorio nacional los cuatro años anteriores a la elección, salvo que la ausencia del país se deba a que ella o él, su cónyuge o su conviviente civil cumplan misión diplomática, laboren en organismos internacionales, hayan estado o estén recibiendo tratamientos médicos en el extranjero o existan otras circunstancias que la justifiquen razonablemente. Tales circunstancias deberán definirse por el legislador y ser calificadas por los Tribunales electorales, y que no incurra en las inhabilidades o prohibiciones establecidas en esta Constitución».
Artículo 66 (48 T.S.).- «La Presidencia y Vicepresidencia de la República durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, tras los cuales podrán ser reelegidas o reelegidos conjunta o separadamente, de forma inmediata o posterior, hasta una sola vez».
Artículo 82 (60 T.S.).- «Para las elecciones populares, la ley creará un sistema electoral conforme a los principios de igualdad sustantiva, paridad, alternabilidad de género, y los demás contemplados en esta Constitución. Dicho sistema deberá garantizar que los órganos colegiados tengan una composición paritaria y promoverá la integración paritaria de los cargos unipersonales. Asimismo, asegurará que las listas electorales sean encabezadas siempre por una mujer».
Artículo 86 (63 T.S.).- «El derecho a sufragio se suspende por interdicción en caso de demencia».
Artículo 87.- «Regla general de representación indígena en órganos de elección popular. Se garantizará la representación de los pueblos y naciones indígenas en los órganos colegiados de elección popular, locales, regionales y nacionales. Dicha representación se realizará considerando la población indígena dentro del territorio electoral respectivo, en la forma que defina esta Constitución y la ley aplicando criterios de paridad en sus resultados, cuando corresponda».
Artículo 89.- «Escaños Reservados para los Pueblos Indígenas. Para integrar el o los órganos que ejerzan la función legislativa, se establecerán escaños reservados para representantes de los pueblos y naciones indígenas». Δ