Con la Consulta Indígena en marcha a partir de esta semana, la participación en la Convención contempla otra forma de integrar a las naciones originarias en la nueva Constitución: las Iniciativas de Norma de Pueblos Originarios. La CC habilitó en la página web de participación popular una sección para que los pueblos indígenas ingresen sus propias iniciativas. A diferencia de las Iniciativas Populares de Norma, que están dirigidas a todo público y necesitan 15 mil firmas para llegar a ser discutidas en la CC, las Iniciativas de Pueblos Originarios corren por un carril diferente.
Las propuestas de pueblos indígenas deben ser exclusivamente apoyadas por miembros de las comunidades originarias. Eso sí, tienen el mismo plazo de cierre para recibir patrocinios: 1 de febrero. Esta forma de participación indígena tiene 61 propuestas de norma ingresadas en la plataforma, que hacen referencia principalmente al deseo de interculturalidad, salud integral y reconocimiento de territorios ancestrales.
La vía para ingresar iniciativas no es igual para todos los pueblos, quienes tienen que cumplir diferentes requisitos considerando la población y capacidad organizacional que cada uno posee. En el caso de los pueblos que tienen más presencia en Chile como el mapuche (1.745.147 personas), aymara (156.754 personas) y diaguita (88.474 personas), el Reglamento de Participación y Consulta Indígena indica que para que puedan ingresar una norma deben contar con el patrocinio de, al menos, uno de los siguientes cinco grupos:
- Tres comunidades registradas ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). A la fecha, se han constituido 3.213 comunidades en total, que pueden unirse y presentar iniciativas.
- Cinco asociaciones registradas por la CONADI, que actualmente tiene 1.843 inscritas.
- Un cacicazgo tradicional (*) reconocido por la Ley n° 19.253, mandato que establece normas sobre protección y desarrollo indígena.
- Tres organizaciones representativas de los pueblos indígenas que no estén inscritas oficialmente.
- 120 firmas de personas que pertenezcan a los pueblos o naciones preexistentes al Estado.
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Con respecto al resto de los pueblos indígenas que son parte de la CC y que tienen menos concentración de habitantes en el país, como quechua (33.868 personas), lickanantay o atacameño (30.369 personas), colla (20.744), rapa nui (9.399 personas), kawéskar (3.448 personas) y yagán (1.600 personas), basta con cumplir con uno de los siguientes patrocinios:
- Una comunidad inscrita en CONADI.
- Una asociación indígena inscrita en CONADI.
- Una organización representativa de los pueblos indígenas que no esté inscrita oficialmente.
- 60 firmas de personas con calidad indígena del pueblo respectivo.
Al tener uno de estos apoyos, las iniciativas pueden ser ingresadas a la plataforma y son inmediatamente aceptadas para ser discutidas en la Comisión de la CC que corresponda. Esto significa que la CC está obligada a recibirla, discutir y argumentar si es o no incorporada la propuesta oficial de Constitución.
¿Qué buscan algunas de las iniciativas indígenas admitidas?
Dentro de las 61 propuestas de norma de pueblos originarios que hasta ahora se encuentran admitidas en la plataforma de participación, 12 fueron presentadas por el pueblo mapuche-lafkenche (que significa «gente del mar»). Las comunidades lafkenches se han reunido anualmente para desarrollar una metodología de organización popular que ya lleva treinta años de experiencia.
Una de sus iniciativas es el “Principio del Itrofill Mongen” que consiste en que el Estado asegure “el respeto, cuidado y conservación de todas las formas de vida, humanas o no, de manera integral e interdependientes entre sí”. En virtud de este principio, la cosmología de este pueblo pide que las diferentes formas de vida puedan cohabitar en los territorios de manera interdependiente, sean materiales, inmateriales, tangibles e intangibles, formando un conjunto plural e inseparable.
Otra de las propuestas proviene de asesores culturales y funcionarios de la salud con enfoque intercultural, quienes ingresaron la iniciativa «Zoy taiñ kvme feleiñmutuam tain itrofil mogen: Para tener una mejor salud integral”. Su finalidad es incorporar conocimientos ancestrales en el tratamiento de pacientes y otorgar sensibilidad cultural a los profesionales de la salud para buenas prácticas en los hospitales, consultorios y centros de salud de las regiones con población indígena.
Desde el pueblo rapa nui, ingresaron la norma para la “Libre asociación entre nación pueblo rapa nui y nación chilena, bajo el tratado de acuerdo de voluntades de 1888, entre el rey Atamu Tekena y Policarpo Toro”. Busca que se reconozca constitucionalmente el tratado que permitió la incorporación de la Isla de Rapa Nui a Chile, donde se aseguran los derechos de libre determinación, propiedad y dominio de la nación «maori rapa nui» -como se denomina en el texto- sobre su territorio y todos sus recursos. Δ