Cinco principios y 25 derechos colectivos de los indígenas. Es lo que, desde hoy y a partir de un documento base, comenzará a ser deliberado por representantes de las naciones originarias en la segunda fase de la Consulta Indígena. Se espera que en este proceso participen comunidades, asociaciones y autoridades ancestrales, para generar propuestas ligadas al catálogo de derechos de los pueblos. Idealmente está proyectada la voz y la deliberación de 4.154 comunidades indígenas y 2.916 asociaciones.
El proceso, que es considerado clave para el éxito del proceso constituyente, dado que en él están integrados los 10 pueblos originarios reconocidos por el Estado chileno, lleva un mes y medio de atraso. Para esta etapa, se han considerado desde hoy 15 días hábiles de Encuentros indígenas de consulta; es decir, terminan el viernes 4 de marzo. No obstante, cuatro días antes del cierre de esta fase, el 28 de febrero, comenzará en paralelo el proceso de sistematización de conclusiones. Los resultados deben terminar de procesarse en la tercera etapa, que cerrará el 25 de marzo.
Dentro de la Convención constitucional, la Consulta Indígena busca hacer respetar el Convenio 169 de la OIT que dice lo siguiente: “Se deberán adoptar medidas especiales para proteger a las personas, instituciones, los bienes, el trabajo, la cultura y el medio ambiente de los pueblos originarios. Esas medidas no deben ser contrarias a lo que expresen libremente tales pueblos”.
El cronograma de trabajo de la Consulta, que debió modificarse debido al retraso en los acuerdos dentro de la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad, aprobado por 11 constituyentes de ese grupo, en la sesión 18° del pasado 24 de enero.
Dentro de la Convención constitucional, la Consulta Indígena busca hacer respetar el Convenio 169 de la OIT que dice lo siguiente: “Se deberán adoptar medidas especiales para proteger a las personas, instituciones, los bienes, el trabajo, la cultura y el medio ambiente de los pueblos originarios. Esas medidas no deben ser contrarias a lo que expresen libremente tales pueblos”. A su vez, abre la posibilidad para deliberar en torno al nivel de exclusión y los daños sufridos por los pueblos originarios en manos del Estado. Como valor añadido, podría eventualmente colaborar en experiencia para procesos de diálogo en torno a conflictos como el que se vive en la Araucanía.
«Se corre el riesgo de que la participación baje y esto no sea legítimo”. Eduardo Cretton (D22)
Desde la comisión se señala que el desafío principal desde la Convención es poner todas las herramientas logísticas y de presupuesto para poder llevar a cabo el proceso. Tiare Aguilera, representante del pueblo Rapa Nui, confirma que tiene esperanzas del proceso deliberativo: “Será un proceso enriquecedor, tocando temas como la restitución territorial o los tratados históricos de los pueblos con el Estado». La convencional valora la Consulta pero precisa: “No es la única forma de representación popular de los pueblos indígenas. Forma parte de la participación en la CC, con los escaños reservados y con las Iniciativas populares indígenas”.
Hay quienes tienen dudas en torno al alcance del proceso. Se teme que haya baja participación, tomando en cuenta que se pretende escuchar y dar voz a 4.154 comunidades indígenas y las 2.916 asociaciones. Una de las voces críticas es del convencional por el distrito 22, Eduardo Cretton (UDI), quien -de entrada- califica todo el proceso como ”un desastre”.
“Será un proceso enriquecedor, tocando temas como la restitución territorial o los tratados históricos de los pueblos con el Estado». Tiare Aguilera Hey (pueblo Rapanui)
Cretton, abogado de profesión, dice: “Presentamos 64 indicaciones al reglamento y, al final, fue todo sustituido por un artículo único. En la práctica, es un reglamento completamente nuevo, única y exclusivamente trabajado por gente de los escaños reservados. Hace un mes nosotros propusimos que la consulta pudiera realizarse, de manera online, con el objetivo de que fuera complementario y pudiera aumentar la participación, pero fue rechazado». Agrega que ve con preocupación el proceso: «Se corre el riesgo de que la participación baje y esto no sea legítimo”.
La propuesta de Cretton fue rechazada en la Comisión porque se consideró que no sería efectiva una medida afectiva. Se argumentó que el convencional no tuvo en cuenta la brecha digital a la que están sometidos los integrantes de pueblos originarios.
Según define el estudio «Diagnóstico sobre las brechas de inclusión digital en Chile», hecho por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la brecha digital está compuesta por diversos factores pueden crear desigualdades en el uso y aprovechamiento de la tecnología, tales como el acceso a Internet, la falta de equipos o de teléfonos celulares, el desarrollo de habilidades digitales o simplemente la motivación o interés en usar la tecnología. La definición de «brecha digital» es la siguiente: «La diferenciación producida entre aquellas personas, instituciones, sociedades o países, que pueden acceder a la red, y aquellas que no pueden hacerlo; es decir, puede ser definida en términos de la desigualdad de posibilidades que existen para acceder a la información, al conocimiento y la educación mediante las nuevas tecnologías». Δ