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Pleno 15: Libertad de prensa, el derecho al ocio y la neurodivergencia llegan al borrador de la nueva Constitución

El pleno de la Convención votó en particular el Informe de Reemplazo” y el "Informe de segundas propuestas" de la Comisión de Sistemas de Conocimiento. Los textos abordaban temas como el derecho a la comunicación, la concentración de los medios y los derechos culturales.

Jessica Herrera by Jessica Herrera
17/03/2022
in NOTICIAS
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Pleno 15: Libertad de prensa, el derecho al ocio y la neurodivergencia llegan al borrador de la nueva Constitución

Hace tres semanas el Pleno, literalmente, hundió más de la mitad del primer informe de la Comisión de Sistemas de Conocimiento, Cultura, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonio: sólo 13 artículos de 30 lograron los 2/3 durante la votación en general, lo que equivale a un 43% del texto. Ayer, en un hemiciclo semivacío y a última hora de la jornada, ese grupo de trabajo logró cosechar algunos triunfos con su informe de reemplazo, en el que se buscó mejorar las normas que habían sido rechazadas en general, y su informe de segunda propuesta, que modificó las normas mejoradas de lo rechazado. El proceso se realizó sólo después de terminada la votación en particular del informe I de Principios Constitucionales. Es decir, fue un día extenuante.

Las nuevas coordinadoras de la Comisión, Malucha Pinto (PS) y Carolina Videla (PC), comentaron que la primera presentación ante el Pleno se fueron con la certeza de «una profunda necesidad de mejoras. Si bien ninguno de los contenidos se cuestionaron, eran necesarias mejoras en redacción, síntesis y materias de ley». Pinto agregó que se logró consagrar un catálogo de derechos culturales, «puertas que nunca habían estado abiertas para Chile». 

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«La primera presentación ante el Pleno nos fuimos con una profunda necesidad de mejoras. Si bien ninguno de los contenidos se cuestionaron, eran necesarias mejoras en redacción, síntesis y materias de ley”.

Tras una breve instancia de deliberación, posiblemente la más corta de los Plenos vividos hasta ahora, se aprobó en general el informe de reemplazo, con 111 votos a favor, 4 en contra y 32 abstenciones. La propuesta contiene -a grandes rasgos- las siguientes materias: propiedad y desarrollo de medios de prensa y comunicación; derechos y desarrollo de la cultura y la expresión cultural y artística; derecho al tiempo libre, al descanso y al ocio; derecho al cuerpo; reconocimiento a la neurodiversidad, y principios de la bioética con la protección de la identidad humana presente y futura.

****

Ya durante la madrugada del jueves, cuando muchos de los convencionales se fueron a votar desde sus casas, en el ex Congreso comenzó la votación en particular de cada artículo. Siete normas pasaron el filtro de los 2/3 y se complementaron otras dos que irán directo a sumar contenido a la propuesta constitucional. Entre ellas, destacan el que consagra el «derecho a la comunicación social», con 110 citas afirmativas. El texto dice así:

«Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información».

La discusión comenzó después de la votación de Principios Constitucionales. En la foto, las nuevas coordinadoras Pinto y Videla. / Crédito: Jessica Herrera

Otra de las normas favorecidas fue el artículo 3, relativo a la «concentración de la propiedad de medios»: vio luz verde al conseguir 112 apoyos. Indica lo siguiente: «el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información». También que garantiza que «en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos», puntualizando que «corresponderá a la ley el resguardo de este precepto».

Fue visado el artículo 4, de la «promoción de medios de comunicación e información», pero fue rechazado su inciso segundo: «El Estado garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas preexistentes a desarrollar y mantener medios de comunicación e información preferentemente en sus propias lenguas». El ex coordinador de la Comisión Ignacio Achurra (CS) comentó al respecto: «Siento una alegría enorme por haber consagrado derechos culturales, a la comunicación y digitales en la Constitución. Amamos nuestro país y estamos haciendo con entrega y pasión el trabajo que nos encomendaron».

Calificada como una de las Comisiones más vanguardistas en los temas que aborda, Sistemas de Conocimiento aprobó también en particular un artículo que establece el derecho al ocio. La medida fue visada con 109 votos a favor, 25 en contra y 14 abstenciones. El artículo define que «todas las personas tienen derecho al descanso, al ocio y a disfrutar el tiempo libre» y fue defendida por el vicepresidente de la Convención Constitucional, Gaspar Domínguez, quien aseguró que el ocio «es un elemento fundamental para el desarrollo de la persona y la sociedad».

«Todas las personas tienen derecho al descanso, al ocio y a disfrutar el tiempo libre. El ocio es un elemento fundamental para el desarrollo de la persona y la sociedad». Gaspar Domínguez

Con el contraste evidente que representan las extensas jornadas de trabajo que experimentan los convencionales, Domínguez explicó que «estas pueden dañar a la sociedad en un nivel muy amplio. Quienes trabajan demasiado tienen poco tiempo para participar en otras actividades, como pasar tiempo con sus familias, el voluntariado, ejercicio físico, comer o dormir de manera saludable». El vicepresidente añadió: «No queda tiempo para participar de la vida cívica, fundamental para el desarrollo de la democracia». Malucha Pinto indicó que, desde su perspectiva, es necesario que «eduquemos a nuestros niños lejos de la lógica de la productividad. Somos algo más que máquinas productivas y mano de obra para un país».

Presentación de la norma sobre “Reconocimiento de la neurodiversidad y las personas neurodivergentes, protección y garantía de sus Derechos”

Otra de las innovaciones es la incorporación de un artículo referido a la neurodivergencia. Habla del papel del Estado:

“Reconoce la neurodiversidad y garantiza a las personas neurodivergentes su derecho a una vida autónoma, a desarrollar libremente su personalidad e identidad, a ejercer su capacidad jurídica y los derechos, individuales y colectivos, reconocidos en esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes». 

Peor suerte corrieron algunos temas culturales, que volvieron a la Comisión para ser reformulados por última vez. Si en la siguiente instancia no flotan logrando los 2/3, serán eliminados por completo del debate. Estas normas se refieren al reconocimiento del «valor de las culturas comunitarias», la «identidad e integridad cultural», el arte callejero, el derecho al cuerpo y los principios de bioética. El derecho al cuerpo se rechazó nuevamente porque, explican algunos convencionales, una norma así es difusa y poco entendida aún. Δ


INFORME DE REEMPLAZO

¿QUÉ NUEVAS NORMAS LOGRAN LLEGAR AL BORRADOR DE TEXTO CONSTITUCIONAL?

Artículo 1.- Derecho a la comunicación social.

Artículo 3.- Concentración de la propiedad de medios.

Artículo 4.- Promoción de medios de comunicación e información.

Artículo 9. Derechos culturales. 

Artículo 24.- Derecho al ocio. Todas las personas tienen derecho al descanso, al ocio y a disfrutar el tiempo libre.”.

LO QUE VUELVE A COMISIÓN PARA MEJORAS

Inciso 2 Artículo 4: El Estado garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas preexistentes a desarrollar y mantener medios de comunicación e información preferentemente en sus propias lenguas.

Artículo 6.– Educación mediática. 

Artículo 7.– Protección de fuentes y comunicadores. 

Artículo 10. Identidad e integridad cultural.

Artículo 25. Derecho al cuerpo.

Artículo 28. – Principios de la Bioética.


SEGUNDA PROPUESTA

¿QUÉ NORMAS LOGRARON LLEGARON AL BORRADOR DE TEXTO CONSTITUCIONAL?

Artículo 2.- El Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información. Se prohíbe la censura previa.

Artículo 19, incisos segundo y tercero Sustituirlos por el siguiente: Es deber del Estado promover y participar del desarrollo de las telecomunicaciones.

Artículo 23, incisos primero y segundo Sustituirlos por el siguiente: Todas las personas tienen el derecho a participar de un espacio digital libre de violencia.

Artículo 26 Reemplazarlo por el siguiente: El Estado reconoce la neurodiversidad y garantiza a las personas neurodivergentes su derecho a una vida autónoma.

Tags: Comisión de Sistemas de ConocimientoConvención ConstituyenteIgnacio AchurraMalucha Pinto
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