Terminó el trabajo de creación de normas constitucionales para Principios Constitucionales. Es la comisión que tenía el mandato de escribir el primer capítulo de la nueva Constitución y, con la votación de hoy, en el Pleno deliberativo 40, ya tenemos los principios que sustentarán el entramado de artículos sobre los que se instalará el proyecto de nueva Constitución.
Entre los principios que se agregaron hoy están los derechos de niñas, niños y adolescentes; las prestaciones de seguridad social para adultos mayores; el sistema de protección social para personas en situación de discapacidad, y el principio de no devolución a personas que soliciten asilo. Son avances importantes, pero uno de los temas más controvertidos -y esperados, dada la presión en nuestras fronteras- ni siquiera logró un acuerdo en la comisión y no llegó discutirse en este Pleno: el derecho a migrar.
Pese al traspié, las coordinadoras Loreto Vallejos (Pueblo Constituyente) y Lorena Céspedes (INN), se mostraron conformes. Vallejos: «Siempre hay autocritica y es muy bueno hacerlo, siempre se pudo hacer mejor como ajustes que se pudieron hacer antes o conversaciones que se pudieron llevar de otra manera».
«El Frente Amplio quería instalar el derecho a la itinerancia, pero nosotros creíamos que había que decir derecho a migrar claramente. La redacción no les pareció». Loreto Vallejos (coordinadora), sobre el derecho a migrar
En su cuentas positiva está el haber instalado «bases de la institucionalidad que va a dotar al Estado de principios fundamentales para actuar de una manera distinta e inédita como, por ejemplo, hablar de un Estado ecológico». Céspedes destacó que la comisión haya sacado adelante mecanismos de democracia directa: «Significan un tremendo hito y logro para nuestra democracia». Martín Arrau (UDI), integrante de la comisión, agradeció a la coordinación por el trabajo realizado, a pesar de «las diferencias que tenemos».
La Comisión de Principios Constitucionales es la primera en terminar con la entrega de sus informes. En esta ocasión fueron dos informes cortos y concisos, que consiguieron la aprobación de cinco artículos de los ocho que entregó.

****
Las diferencias son muchas y con este informe quedó claro. El reconocimiento e inclusión del derecho internacional no le pareció suficiente al convencional del ala conservadora, porque se reconocen derechos que aún no son ratificados por Chile. Respecto del principio de no devolución, que fue una redacción de su sector, alegó que el concepto queda muy abierto para tener un control efectivo de quien llega a Chile. Por último, echó de menos algún artículo que mandate al Estado a entregar seguridad a los ciudadanos: «Si bien se aprobaron muchos artículos que pueden ser valorables, me preocupa mucho esta desprotección en cuanto queda el estatus migratorio y la protección de la frontera».
El derecho a migrar ya había sido presentado al Pleno, pero no había logrado los 2/3 por lo que había vuelto a la comisión. Esta vez, sin embargo, los convencionales no llegaron a cuerdo para enviar nuevamente el artículo al Pleno. «Había dos miradas y no hubo un acuerdo», explica Vallejos, quien añade: «el Frente Amplio quería instalar el derecho a la itinerancia, pero nosotros creíamos que había que decir derecho a migrar claramente. La redacción no les pareció». Ahora, desde esta comisión tratarán de consagrar ese derecho a través de la Comisión de Justicia, donde -se explicó- hay más piso para llegar a acuerdos.
«No es más que hacer frente y darle una respuesta a un fenómeno global. La migración se ha vuelto una de las problemáticas centrales de los estados modernos y Chile todavía carece de una respuesta adecuada». Tomás Laibe (CS), vicepresidente adjunto
Tomás Laibe (CS) hizo un llamado de atención a la comisión en el Pleno, por no haber llegado con al menos una propuesta. El vicepresidente adjunto venía trabajando junto a Benito Baranda (INC), Giovanna Grandón (Coordinadora Plurinacional) y la organización Migra Chile. Por eso su lamento: «La norma no es más que hacer frente y darle una respuesta a un fenómeno global. La migración se ha vuelto una de las problemáticas centrales de los estados modernos y Chile todavía carece de una respuesta adecuada».
En el primer informe, que contenía tres artículos, solamente se aprobó la integración del Estado al derecho internacional de los Derechos Humanos. Esto otorga derechos y obligaciones al Estado para con los tratados internacionales a los que Chile está adscrito. Gracias a la aprobación de este artículo, el derecho a migrar se sustentaría en caso de que se apruebe la nueva Constitución, porque está suscrito en los tratados internacionales de DD.HH. donde sí se consagra el derecho a migrar.
Un único artículo refería en el informe -y tangencialmente- a personas migrantes: el del principio de no devolución. Establece que ningún extranjero «que posea la calidad de refugiado podrá ser expulsado o devuelto al país donde su derecho a la vida, integridad física o la libertad personal corran riesgo de ser vulneradas«. No se votó porque el Pleno aprobó antes una indicación de Paulina Veloso (RN) que reemplazaba el artículo que propuso la comisión.

¿Por qué se rechazó la propuesta de la comisión? Tammy Pustilnick (INN) explicó: «El problema con esta norma es que habla de poseer la calidad. Por ende, bajo la interpretación literal de la norma, un extranjero podría ser devuelto a un país donde su vida corra riesgo mientras no tenga propiamente la calidad de refugiado». La convencional llamó a votar a favor de la indicación de la derecha que contenía «la redacción correcta», ya que establece que «ningún solicitante de asilo pueda ser devuelto. Es decir, basta que se haya realizado la solicitud» para que se respete el principio de no devolución.
****
Las propuestas que quedaron fuera del primero de los dos informes presentados fueron un artículo sobre plurinacionalidad y un segundo inciso que se mandataba al Estado a ser neutral entre diversas creencias religiosas.
Si bien el Pleno ya había definido a Chile como un país plurinacionalidad e intercultural, el informe reponía un artículo sobre plurinacionalidad de todas formas: «El Estado reconoce la coexistencia de diversos pueblos y naciones dentro de su territorio en igualdad de derechos«.
«Chile ya va a ser, en este borrador, una república plurinacional, así es que el rechazo a este principio no obsta a que ya está». Martín Arrau (UDI)
La derecha se alineó con el rechazo a esta norma. Desde el FA, INN, CS y Lista del Apruebo hubo 14 abstenciones. ¿El argumento? Duplicidad. Y lo mismo en cuanto a la neutralidad religiosa: un inciso anteriormente aprobado ya define a Chile como un Estado laico y el país ya está consagrado como un estado plurinacional. Además, se explicó que la nueva propuesta de Sistema Político, que se votará el viernes 6 de mayo, incluye los aspectos de plurinacionalidad en detalle.
El convencional Arrau explicó que el concepto de plurinacionalidad esta nombrado en el borrador de nueva Constitución 13 veces: «Chile ya va a ser, en este borrador, una república plurinacional, así que el rechazo a este principio no obsta a que ya está».
El Pleno ya había aprobado el artículo que reconocía a las personas mayores como titulares plenos de derecho. En esta oportunidad se consagraron especificaciones respecto a cuáles son los derechos que se les garantizan: «A obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna; a la accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural y digital; a la participación política y social; a una vida libre de maltrato por motivos de edad; a la autonomía e independencia y al pleno ejercicio de su capacidad jurídica con los apoyos y salvaguardias que correspondan«.
****
Además del tema migratorio, el segundo informe incluyó artículos de protección hacia la niñez, a los adultos mayores, principios de no devolución y trabajo decente. Este último fue rechazado por completo. Sin embargo, los otros lograron superar los 2/3.
Las personas en situación de discapacidad sumaron a su reconocimiento constitucional la existencia de un sistema nacional que cree, coordine y ejecute políticas y programas que velen por sus necesidades de salud, educación, vivienda, trabajo y cuidado.
A los niños, niñas y adolescentes se les asegura el derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales que permitan el desarrollo de su personalidad. Además, la separación de las familias será el último recurso o medida temporal en resguardo de su interés superior. Δ
Artículos que pasan al borrador constitucional:
Segunda propuesta del primer informe:
Artículo 10.- (inciso primero) Recepción e integración del derecho internacional de los Derechos Humanos. Los derechos y obligaciones establecidos en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los principios generales del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional consuetudinario de la misma materia forman parte integral de esta constitución y gozan de rango constitucional.
Segunda propuesta del tercer informe:
Artículo 1°. – (inciso segundo) Especialmente, las personas mayores tienen derecho a obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna; a la accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural y digital; a la participación política y social; a una vida libre de maltrato por motivos de edad; a la autonomía e independencia y al pleno ejercicio de su capacidad jurídica con los apoyos y salvaguardias que correspondan.
Artículo 6.- (Inciso tercero) Existirá, de conformidad a la ley, un sistema nacional a través del cual se elaborarán, coordinarán y ejecutarán las políticas y programas destinados a atender las necesidades de trabajo, educación, vivienda, salud y cuidado de las personas con discapacidad. La ley garantizará que la elaboración, ejecución y supervisión de dichos planes y programas cuente con la participación activa y vinculante de las personas con discapacidad y de las organizaciones que las representan.
(Inciso quinto) El Estado garantizará los derechos lingüísticos e identidades culturales de las personas con discapacidad, los que incluyen el derecho a expresarse y comunicarse a través de sus lenguas y el acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación. Asimismo, garantizará la autonomía lingüística de las personas sordas en todos los ámbitos de la vida.
Artículo 10.- Principio de no devolución. Ningún extranjero que posea la calidad de refugiado podrá ser expulsado o devuelto al país donde su derecho a la vida, integridad física o la libertad personal corran riesgo de ser vulneradas en razón de su raza o etnia, nacionalidad, religión o creencia, condición social, ideología u opinión política, orientación sexual o identidad de género.
Artículo 11.- Derechos de niñas, niños y adolescentes. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales que les permitan el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad. El Estado deberá velar porque no sean separados de sus familias salvo como medida temporal y último recurso en resguardo de su interés superior, en cuyo caso se priorizará un acogimiento familiar por sobre el residencial, debiendo adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar su bienestar y resguardar el ejercicio de sus derechos y libertades.
La ley establecerá un sistema de protección integral de garantías de los derechos de niños, niñas y adolescentes, a través del cual establecerá responsabilidades específicas de los poderes y órganos del Estado y su deber de trabajo intersectorial y coordinado para asegurar la prevención de la violencia contra niños, niñas, y adolescentes y la promoción y protección efectiva de los derechos de estos. El Estado asegurará por medio de este sistema, que ante amenaza o vulneración de derechos, existan mecanismos para su restitución, sanción y reparación.