«Sin Sistema Político no hay Constitución», dijo Cristián Monckeberg (RN) en marzo pasado, y no existe convencional constituyente capaz de discrepar. La configuración de ese engranaje que conjuga poder y gobernabilidad vivió durante el 6 de mayo una jornada clave en el edificio del ex Congreso. Desde las 9:30 de la mañana, la CC deliberó el último -y decisivo- informe de Sistema Político. Esa comisión, que tenía en su mano armar el rompecabezas de «la sala de máquinas», se jugaba su último cartucho. Un puzzle en el que se entraman los poderes Ejecutivo y Parlamentario y al que mucho costó arribar.
Finalmente, la propuesta se estructura alrededor del llamado «bicameralismo asimétrico», que tiene como pivotes a un Congreso de Diputadas y Diputados y una Cámara Territorial, que llega a reemplazar al Senado. La fórmula logró anidar con el apoyo de la centroizquierda, pero deja muy descontento a un sector: la derecha.
«Las izquierdas van a cumplir su acuerdo y aquí va a salir un sistema político que no va a ser bueno para Chile. Yo tengo la impresión de que se va a avanzar hacia este unicameralismo maquillado con una segunda Cámara con muy pocas atribuciones». Hernán Larraín Matte (Evópoli)
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Durante la mañana el nerviosismo entre los convencionales era evidente: la comisión venía de dos fracasos plenarios. Esta vez, el Pleno aprobó el 90 por ciento de las propuestas. Eso equivale a un total de 28 nuevas normas en el borrador. El archivo que presentaron los coordinadores de la comisión, Rosa Catrileo (mapuche) y Ricardo Montero (PS), contiene 60 artículos y 24 indicaciones, y tenía diferentes solicitudes de votaciones inciso por inciso. Dentro de la propuesta estaban la descripción constitucional del Congreso de Diputadas y Diputados y sus respectivas atribuciones, y las atribuciones de la Cámara Territorial, entre las que están declarar o no la culpabilidad de quienes sean acusados constitucionalmente y las leyes de concurrencia presidencial.

Son éstas propuestas que costaron los últimos dos meses de trabajo y representaron las mayores dificultades para los integrantes de Sistema Político. La nueva distribución de poder y atribuciones provocó una intensa batalla política entre los distintos colectivos políticos y los independientes. Dado que era ésta la última oportunidad, el ambiente ya no tenía el ánimo controversial de las primeras discusiones: para la centroizquierda no quedaba más que acatar el acuerdo conseguido o votar en contra del informe y dejar la responsabilidad al Congreso.
En la previa a la sesión, Fernando Atria (FA), integrante de la comisión, confirmó aquello del ultimátum: «Es la última votación en materia de sistema político», dijo. En caso de que la propuesta de la comisión fuera aprobada -explicó- «la Constitución no va a contener las reglas respectivas y esa cuestión va a quedar entregada a la decisión del Congreso existente». Desde la otra vereda, Hernán Larraín Matte (Evópoli) dijo tener «la impresión de que las izquierdas van a cumplir su acuerdo y aquí va a salir un sistema político que no va a ser bueno para Chile. Yo tengo la impresión de que se va a avanzar hacia este unicameralismo maquillado con una segunda Cámara con muy pocas atribuciones».
Lo del unicameralismo llegó en los albores de la discusión: el Frente Amplio y el Partido Comunista esperaban configurar una sola cámara. La oposición del Partido Socialista y los independientes terminó por crear este sistema descentralizado, en el que la Cámara de las Regiones (o Territorial) actuará como la voz principal de los territorios. Eso sí, la batalla sobre las atribuciones de este último organismo se zanjó hace muy pocos días, cuando el PS logró darle nuevas facultades.
«El mapa entrega a la Cámara de las Regiones facultades importantes. Tiene iniciativa de norma, tal como lo tienen el Congreso de Diputados y el Presidente de la República. Y las materias en donde puede pronunciarse son bastante amplias». Estefanía Esparza, doctora en Derecho Constitucional
Tras sellarse un nuevo acuerdo en esta materia, el lunes 2 de mayo, Pedro Muñoz (CS) afirmó que la Cámara «verá muchas materias más que antes» y enumeró: revisar reformas constitucionales, participar de la acusación constitucional y algunos derechos sociales, como vivienda, salud y educación que -dijo- «son muy importantes para las regiones y para el país”.
En el origen, la Cámara de las Regiones llegó sólo como un Consejo Territorial con atribuciones e injerencia legislativa disminuida para reemplazar al Senado y con el principal propósito de no quitar representación a las regiones en el sistema.
Estefanía Esparza, abogada y doctora en Derecho Constitucional, explica a Votamos Todos que este mapa del poder Legislativo entrega a la Cámara de las Regiones «facultades importantes» y detalla: «Tiene iniciativa de norma, tal como lo tienen el Congreso de Diputados y el Presidente de la República. Y las materias en donde puede pronunciarse son bastante amplias». La experta agrega: «Si bien este nuevo órgano no tiene las mismas facultades que el Congreso de Diputados y Diputadas estamos lejos de que sea un órgano decorativo como se ha señalado».
En este modelo, el Presidente de la República pierde algunas atribuciones pero no deja de ser el motor del sistema político. La Cámara de Diputados y Diputados adquiere mayor relevancia en detrimento de la Cámara Territorial, razón por la cual se habla de bicameralismo asimétrico. En la propuesta presentada hoy, sin embargo, se incluye por primera vez a la Cámara de las Regiones dentro del Poder Legislativo: pasó de tener a su cargo 7 materias a 17. Se determinó que es una atribución exclusiva de esta segunda cámara conocer las acusaciones que el Congreso de Diputadas y Diputados entable y que resolverá como jurado, limitándose a declarar culpabilidad.
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«El día viernes 6 de mayo no estaremos presencialmente en la sesión. Viajaremos a Perú, con el objeto de entender -de primera fuente- con qué instrumento jurídico enfrentó ese país la violencia narco-terrorista de Sendero Luminoso». Texto del oficio enviado por las convencionales Marinovic y Cantuarias
Al momento de comenzar la sesión, el secretario John Smok -también conocido como Don John y DonYon- dio cuenta de un oficio en el que las convencionales Rocío Cantuarias (Evópoli) y Teresa Marinovic (Independiente por Vamos por Chile) explican su ausencia de esta sesión clave: estarían en Perú (ver recuadro).
Quienes sí participaron en el debate previo a las votaciones resaltaron otros puntos clave de la propuesta. Por ejemplo, la bancada feminista esperaba con expectación el sufragio del artículo 2 sobre democracia paritaria. La norma señala:
“El Estado reconoce y promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexogenéricas participen en condiciones de igualdad sustantiva, reconociendo que su representación efectiva en el conjunto del proceso democrático es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la democracia y la ciudadanía”.
El artículo obtuvo 109 votos a favor, 28 en contra y 7 abstenciones. Eso significa que -de aprobarse el borrador- todos los órganos colegiados del Estado, órganos autónomos administrativos y directorios de empresas públicas y semipúblicas deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, el 50% de sus integrantes sean mujeres. La celebración posterior fue intensa. La norma fue catalogada como «histórica», lo mismo que las 12 horas que duró la sesión de viernes.
Alondra Carrillo, con una bandera de la Coordinadora Feminista 8M, señaló: «Hoy es un día que será recordado. Ganamos un mandato de integración que quedará escrito en la Constitución del país. Desde ahora, las mujeres seremos al menos la mitad de todos los órganos. Ese mandato es fundamental y nos da finalmente una perspectiva no binaria y lejana a lo que nos ha establecido el patriarcado. Hoy se celebra».

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El Congreso de Diputadas y Diputados será -según indica el artículo 4- «un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo». Su composición será de un número no inferior a 155 miembros, «electos en votación directa por distritos electorales». Sus atribuciones lograron superar la valla de los 103 votos y los cinco numerales que describen sus responsabilidades pasaron al borrador constitucional.
Con la Cámara de las Regiones hubo más tensión. Había peligro de que los independientes no votaran a favor, porque no tenían asegurado el apoyo plenario al artículo 63 sobre pluralismo jurídico. Este artículo señala: “Se garantizará la plena igualdad a independientes y miembros de organizaciones políticas tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los procesos electorales”.
Esa norma generó reparos en los partidos y de modo transversal, desde el PC, el PS y el FA hasta la derecha. Pero para Movimientos Sociales, Pueblo Constituyente y la Coordinadora Plurinacional era una iniciativa prioritaria. Por lo mismo, este artículo era una de las líneas rojas para sumarse al acuerdo sobre las facultades de la Cámara de las Regiones.
Se determinó que son leyes de acuerdo regional las que reformen la Constitución, el funcionamiento de los Sistemas de Justicia, del Poder Legislativo y de los órganos autónomos constitucionales. También las que regulen los estados de excepción constitucional, las que directamente irroguen al Estado gastos cuya ejecución corresponda a las entidades territoriales, la de Presupuestos y las que establezcan los mecanismos de distribución fiscal y presupuestaria.
Se definió, además, que los miembros de la Cámara de las Regiones se elegirán conjuntamente con las autoridades comunales y regionales, tres años después de la elección presidencial y del Congreso.
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«Se aprueba una Cámara de las Regiones que termina siendo una cámara decorativa, una cámara aspiracional, una cámara testimonial. Porque el poder va a quedar 100% concentrado en el Congreso de Diputados y Diputadas”. Constanza Hube (UDI)
La aprobación de la Cámara significó un alivio para los convencionales de los colectivos de izquierda. «¡Al fin!», decían con alivio convencionales del Colectivo Socialista tras el cierre de la sesión. La tranquilidad de los convencionales socialistas era evidente: en todo el proceso de negociaciones ellos fueron quienes marcaron el ritmo de los acuerdos (y los desacuerdos). Tuvieron siempre la llave para destrabar el debate y hoy la ocuparon para conseguir un resultado que dejó conforme a la mayor parte de los convencionales.
La derecha, en cambio, manifestó su malestar desde el principio. Arturo Zúñiga (UDI) indicó: “La idea es que ningún poder se imponga a otros, imperando un balance que le entregue límites al poder para que no se vuelva en contra de los mismos ciudadanos. Todo eso vale hongo en esta propuesta. Aquí les damos todo el poder a diputados plurinacionales y se bota a la basura la opinión de los senadores que representan a las regiones».

A pesar del conocido desacuerdo del sector conservador con las decisiones del resto de los colectivos en Sistema Político, dos integrantes de Vamos por Chile aprobaron la norma sobre atribuciones del nuevo órgano regional. Hernan Larraín (Evópoli) y Cristián Monckeberg (RN) apoyaron el artículo ya que -dijeron- representa el «mal menor» frente al texto inicial en la que la Cámara tenía muchas menos atribuciones. Algo similar indicó Fuad Chaín (DC), quien aprobó aunque sigue considerando que no es suficiente. Chaín confesó haber conversado con Monckeberg y Larraín para convencerlos de aprobar.
Veintidós integrantes de la derecha votaron en contra y otros diez se abstuvieron. Hubo además dos ausencias: Eduardo Cretton (UDI) y Patricia Labra (RN). Luego de la votación, Marcela Cubillos y Arturo Zúñiga (Chile Unido) y Constanza Hube (Unidos por Chile) criticaron la aprobación de la Cámara Territorial.
«Pasó lo que todos sabíamos que iba a pasar: se aprobó este acuerdo, que fue eliminar el Senado sin ningún tipo de argumento serio. Se aprueba una Cámara de las Regiones que termina siendo una cámara decorativa, una cámara aspiracional, una cámara testimonial. Porque el poder va a quedar 100% concentrado en el Congreso de Diputados y Diputadas”, afirmó con desazón Constanza Hube (UDI). Δ
LA DERECHA, CON DOS MENOS EN EL HEMICICLO
Las convencionales Teresa Marinovic y Rocío Cantuarias explicaron a través de un oficio su ausencia del hemiciclo: «Cumplimos con el deber de informar que el día viernes 6 de mayo no estaremos presencialmente en la sesión. Viajaremos a Perú, con el objeto de entender -de primera fuente- con qué instrumento jurídico enfrentó ese país la violencia narco-terrorista de Sendero Luminoso». En el texto, presentado por John Smok, afirman estar «interesadas en conocer el funcionamiento de un Congreso Unicameral que, desde el 2015 a la fecha, ha llevado a Perú a tener seis presidentes en siete años, porque tememos que nuestro país vaya a replicar esta experiencia que, muy probablemente, generará inestabilidad política e institucional». Al menos presencialmente, Vamos por Chile contó con dos personas menos en este día crucial, aunque las convencionales marcaron su voto en la mayoría de las votaciones.
NORMAS QUE PASAN AL BORRADOR CONSTITUCIONAL
Artículo 2°.- Democracia paritaria. El Estado reconoce y promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexogenéricas participen en condiciones de igualdad sustantiva, reconociendo que su representación efectiva en el conjunto del proceso democrático es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la democracia y la ciudadanía.
APROBADO 109 A FAVOR 28 EN CONTRA 7 ABSTENCIONES
Artículo 5º bis.– Del Poder Legislativo. El poder legislativo se compone del Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones.”.
APROBADO 112 A FAVOR 24 EN CONTRA 12 ABSTENCIONES
Artículo 5° ter.- El Congreso de Diputadas y Diputados es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo. Concurre a la formación de las leyes y ejerce las demás facultades encomendadas por la Constitución.
APROBADO 110 A FAVOR 22 EN CONTRA 2 ABSTENCIONES
El Congreso está integrado por un número no inferior a 155 miembros electos en votación directa por distritos electorales. Una ley de acuerdo regional determinará el número de integrantes, los distritos electorales y la forma de su elección, atendiendo el criterio de proporcionalidad.
APROBADO 107 A FAVOR 20 EN CONTRA 3 ABSTENCIONES
Artículo 7°.- Son atribuciones exclusivas del Congreso de Diputadas y Diputados:
a) Fiscalizar los actos del Gobierno. El Congreso tendrá la facultad de solicitar información relativa al contenido y fundamentos de los actos de gobierno;
APROBADA 123 A FAVOR 6 EN CONTRA 18 ABSTENCIONES
c) Declarar, cuando la Presidenta o Presidente presente la renuncia a su cargo, si los motivos que la originan son o no fundados y, en consecuencia, admitirla o desecharla;
APROBADA 111 A FAVOR 22 EN CONTRA 15 ABSTENCIONES
d) Otorgar su acuerdo para que la Presidenta o Presidente de la República pueda ausentarse del país por más de treinta días o a contar desde el tercer domingo de noviembre del año anterior a aquel en que deba cesar en el cargo el que esté en funciones, y
APROBADA 113 A FAVOR 5 EN CONTRA 34 ABSTENCIONES
e) Las otras que establezca la Constitución.”
APROBADO 120 A FAVOR 21 EN CONTRA 8 ABSTENCIONES
Artículo 11.- La ley determinará el número de representantes regionales a ser elegidas y elegidos por región, el que deberá ser el mismo para cada una y en ningún caso inferior a tres, asegurando que la integración final del órgano respete el principio de paridad.
APROBADO 113 A FAVOR 4 EN CONTRA 5 ABSTENCIONES
Las y los miembros de la Cámara de las Regiones se elegirán en votación popular conjuntamente con las autoridades comunales y regionales, tres años después de la elección presidencial y del Congreso.
APROBADO 105 A FAVOR 8 EN CONTRA 4 ABSTENCIONES
La ley especificará sus derechos y obligaciones especiales, las que en todo caso deberán incluir la obligación de rendir cuenta periódicamente ante la Asamblea Regional que representa. También podrán ser especialmente convocadas y convocados al efecto.
APROBADO 109 A FAVOR 3 EN CONTRA 4 ABSTENCIONES
La Cámara de las Regiones no podrá fiscalizar los actos del Gobierno ni de las entidades que de él dependan.
APROBADA 103 A FAVOR 4 EN CONTRA 11 ABSTENCIONES
c) Las juezas y jueces de las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema, y de la o el Contralor General de la República, por notable abandono de sus deberes;
APROBADO 122 A FAVOR 3 EN CONTRA 24 ABSTENCIONES
d) Las y los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas Armadas, del General Director de Carabineros de Chile y del Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación;
APROBADO 115 A FAVOR 15 EN CONTRA 22 ABSTENCIONES
e) Las y los gobernadores regionales y de la autoridad en los territorios especiales e indígenas, por infracción de la Constitución y por los delitos de traición, sedición, malversación de fondos públicos y concusión.
APROBADO 119 A FAVOR 6 EN CONTRA 27 ABSTENCIONES
La acusación se tramitará en conformidad a la Ley de Organización, Funcionamiento y Procedimientos del Poder Legislativo.
APROBADO 122 A FAVOR 23 EN CONTRA 7 ABSTENCIONES
Artículo 11 ter.- Es atribución exclusiva de la Cámara de las Regiones conocer de las acusaciones que el Congreso de Diputadas y Diputados entable con arreglo a lo establecido en el artículo 11 bis.
APROBADO 115 A FAVOR 7 EN CONTRA 12 ABSTENCIONES
La Cámara de las Regiones resolverá como jurado y se limitará a declarar si la o el acusado es o no culpable.
APROBADO 118 A FAVOR 7 EN CONTRA 11 ABSTENCIONES
La declaración de culpabilidad deberá ser pronunciada por los dos tercios de las y los representantes regionales en ejercicio cuando se trate de una acusación en contra de la Presidenta o Presidente de la República o de un gobernador regional, y por la mayoría de los representantes regionales en ejercicio en los demás casos.
APROBADO 122 A FAVOR 9 EN CONTRA 12 ABSTENCIONES
Por la declaración de culpabilidad queda la o el acusado destituido de su cargo.
APROBADO 123 A FAVOR 3 EN CONTRA 22 ABSTENCIONES
La persona destituida no podrá desempeñar ningún otro cargo de exclusiva confianza de la o el Presidente durante el tiempo que reste de su mandato o presentarse al cargo de elección popular del cual fue destituido en el período siguiente, según corresponda.
APROBADO 125 A FAVOR 0 EN CONTRA 22 ABSTENCIONES
La o el funcionario declarado culpable será juzgado de acuerdo a las leyes por el tribunal competente, tanto para la aplicación de la pena señalada al delito, si lo hubiere, como para hacer efectiva la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados al Estado o a particulares.”.
APROBADO 125 A FAVOR 18 EN CONTRA 3 ABSTENCIONES
Artículo 12 bis.- El Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones se reunirán en sesión conjunta para decidir los nombramientos que conforme a esta Constitución corresponda, garantizando un estricto escrutinio de la idoneidad de las y los candidatos para el cargo correspondiente.”.
APROBADO 112 A FAVOR 31 EN CONTRA 4 ABSTENCIONES
Artículo 13.- Para ser elegida diputada, diputado o representante regional se requiere ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio, haber cumplido dieciocho años de edad al día de la elección y tener avecindamiento en el territorio correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, en el caso de las diputadas o diputados, y de cuatro años en el caso de las y los representantes regionales, contados hacia atrás desde el día de la elección.
APROBADO 108 A FAVOR 23 EN CONTRA 17 ABSTENCIONES
Artículo 21.- Cesará en el cargo la diputada, diputado o representante regional:
b) Que se ausentare del país por más de treinta días sin permiso de la corporación respectiva o, en receso de ésta, de su Mesa Directiva;
APROBADA 127 A FAVOR 1 EN CONTRA 24 ABSTENCIONES
c) Que, durante su ejercicio, celebrare o caucionare contratos con el Estado, o actuare como procuradora o procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo, en la provisión de empleos públicos, consejerías, funciones o comisiones de similar naturaleza. Esta inhabilidad tendrá lugar sea que la diputada, diputado o representante regional actúe por sí o por interpósita persona, natural o jurídica;
APROBADA 123 A FAVOR 0 EN CONTRA 24 ABSTENCIONES
Artículo 22.- Sólo en virtud de una ley se puede:
a. Crear, modificar y suprimir tributos de cualquier clase o naturaleza y los beneficios tributarios aplicables a éstos, determinar su progresión, exenciones y proporcionalidad, sin perjuicio de las excepciones que establezca esta Constitución;
APROBADA 114 A FAVOR 2 EN CONTRA 36 BSTENCIONES
Artículo 26.– Son leyes de concurrencia presidencial necesaria:
a. Las que irroguen directamente gastos al Estado;
APROBADA 113 A FAVOR 7 EN CONTRA 30 ABSTENCIONES
Artículo 27.- Las leyes de concurrencia presidencial necesaria pueden tener su origen en un mensaje presidencial o en una moción parlamentaria.
APROBADO 107 A FAVOR 26 EN CONTRA 14 ABSTENCIONES
Artículo 28.-
Sólo son leyes de acuerdo regional las que reformen la Constitución; las que regulen la organización, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas de Justicia, del Poder Legislativo y de los órganos autónomos constitucionales; las que regulen los estados de excepción constitucional
APROBADO 111 A FAVOR 23 EN CONTRA 13 ABSTENCIONES
Artículo 28 bis.- La Cámara de las Regiones conocerá de los estatutos regionales aprobados por una Asamblea Regional, de las propuestas de creación de empresas regionales efectuadas por una o más Asambleas Regionales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 número 7 de esta Constitución y de las solicitudes de delegación de potestades legislativas realizadas por éstas. Para el conocimiento del Estatuto Regional, el Congreso y la Cámara contarán con un plazo de seis meses.
APROBADO 115 A FAVOR 23 EN CONTRA 12 ABSTENCIONES
Artículo 29.- Las leyes pueden iniciarse por mensaje de la Presidenta o Presidente de la República o por moción de no menos del diez por ciento ni más del quince por ciento de las diputadas y diputados o representantes regionales. Adicionalmente, podrán tener su origen en iniciativa popular o iniciativa indígena de ley.
APROBADO 109 A FAVOR 26 EN CONTRA 14 ABSTENCIONES
NORMAS QUE QUEDAN FUERA DEL DEBATE CONSTITUYENTE
Artículo 7°.- Son atribuciones exclusivas del Congreso de Diputadas y Diputados:
b) Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía;
DESECHADA 87 A FAVOR 43 EN CONTRA 16 ABSTENCIONES
“Aprobar o rechazar los tratados internacionales que el Presidente de la República le presentare antes de proceder a su ratificación. Tratándose de otros instrumentos internacionales relativos a derechos humanos, su aprobación por parte del Congreso será indispensable para que se entiendan incorporados al texto constitucional.”.
RECHAZADA 72 A FAVOR 66 EN CONTRA 14 ABSTENCIONES
Artículo 19.- Las vacantes de diputadas o diputados y de representantes regionales se proveerán con la persona que haya obtenido la siguiente más alta mayoría de la lista electoral a la que pertenecía quien produjo la vacante. En el evento de que dicha persona rechace la designación, se proveerá el cargo por quien siga en las votaciones obtenidas.
DESECHADA 97 A FAVOR 44 EN CONTRA 6 ABSTENCIONES