El Estado regional será la nueva forma de ordenamiento político y territorial de Chile, en caso de que gane el apruebo el 4 de septiembre de este año. El principal cambio que se configura con esta declaración es una mayor autonomía política, administrativa y financiera a las regiones. Para poder plasmar este concepto, la Propuesta de nueva Constitución define las competencias, las facultades y los deberes de los distintos organismos que conforman la región.
«Compartiendo la preocupación de la CC por la regionalización, la forma concreta de su propuesta hace que se frustre por una superposición de autonomías, de legislaciones de distinto origen, una plétora de asambleas y, además, comete el error de no haber puesto el acento en el fortalecimiento de los alcaldes y gobernadores», dijo el ex presidente Eduardo Frei (DC), en la carta donde anunció su postura por el rechazo.
Si bien el disenso frente al texto constitucional es legítimo, existen críticas -entre ellas las del propio ex presidente Frei- que no se atienen a lo que el texto realmente habla. La mayoría se ha enfocado en decir que cada región tendrá legislaciones diferentes, que se aumentará la cantidad de funcionarios públicos y que algunas regiones autónomas serán más importantes que otras. Pero la propuesta de nueva Constitución no contiene eso en su texto y sucede que hay entidades que reemplazarán a otras ya existentes. Por ejemplo, las nuevas Asambleas Regionales tomarán en la institucionalidad el espacio de los actuales Consejeros Regionales.
¿Qué dice el capítulo sobre forma el Estado Regional? Parte con las comunas autónomas. Δ