• HOME
  • QUIENES SOMOS
viernes, enero 27, 2023
Votamos Todos Noticias
No Result
View All Result
  • Login
No Result
View All Result
Votamos Todos Noticias
No Result
View All Result
Home NOTICIAS

Respondiendo dudas 3: Los límites y alcances del nuevo principio de pluralismo jurídico

En cuanto se comenzó a discutir la posibilidad de instaurar el pluralismo jurídico, múltiples voces calificaron la iniciativa como "separatista" y "desigual". Convencionales y expertos responden que este sistema es sólo una posibilidad y permite llevar a la Constitución derechos internacionales ya ratificados.

Jessica Herrera by Jessica Herrera
16/06/2022
in NOTICIAS
0
Respondiendo dudas 3: Los límites y alcances del nuevo principio de pluralismo jurídico

El Pluralismo Jurídico fue un punto especialmente polémico durante el debate. Convencionales de derecha sostienen que se trata del fin de la igualdad ante la ley o que podría dar pie a un tipo de separatismo jurídico. / Credito: Agencia Uno

Se dice «pluralismo jurídico» y asoman dudas y palabras como «desigualdad» o «discriminación».  Desde el miércoles 2 de marzo, cuando el Pleno de la Convención Constituyente sometió a votación el informe de reemplazo de la Comisión de Sistemas de Justicia, este principio ha sido foco principalmente de quienes temen – y aseguran- que es un concepto «separatista». Con el paso de los días, se sumaron los comentarios que dice que esta nueva manera de hacer justicia implicaría crear un sistema «complementario» y peor aún «paralelo» al sistema tradicional.

El concepto de pluralismo jurídico ha sido definido por los sectores conservadores como un concepto que genera normas incompatibles con el orden jurídico y con la tradición chilena del Estado unitario. La palabra  «privilegio» se sumó a los calificativos de esta norma. El convencional de RN Raúl Celis, por ejemplo, indicó al momento de debatir que se busca «la existencia de dos sistemas de justicia totalmente diversos, lo que generará una inmensa incertidumbre jurídica”. 

LEE TAMBIÉN

Seis claves del abismante triunfo del rechazo en el plebiscito de salida

Malestar, incertidumbre e inseguridad: claves de la percepción ciudadana del Chile post Convención

¿Se justifican estas afirmaciones?

En el borrador constitucional, el artículo sobre pluralismo jurídico dice: “El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia”. Además, establece que debe respetar los derechos fundamentales y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. La norma finaliza con que “la ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales”.

Lo aprobado alude a un reconocimiento del estatus político de la diversidad de naciones o pueblos dentro de un mismo Estado. Estas naciones o pueblos «poseen sistemas de reglas propios, bajo principios y criterios de aplicación diferenciados del sistema jurídico estatal», explica Vanessa Hoppe (Movimientos Sociales), quien fue coordinadora de la Comisión de Sistemas de Justicia. Según la abogada, las preocupaciones existentes “están basadas en el desconocimiento».  

Los coordinadores Vanessa Hoppe y Christian Viera presentando informe ante el Pleno de la CC. / Crédito: Agencia Uno

****

Para tratar de despejar algunas dudas y temores, pedimos a especialistas contestar cuatro asuntos sobre los efectos del pluralismo jurídico.

Pregunta 1: ¿De aprobarse la propuesta constitucional, significará que comienzan a correr dos sistemas de justicia paralelos de inmediato?

No. Serán sistemas que trabajarán en coordinación y siempre bajo la tutela de la Corte Suprema. 

Hernando Silva, del Observatorio Ciudadano, amplía: “Para nada. De hecho el borrador delega en la legislación la ley de coordinación, que establece las formas de interrelación del sistema judicial chileno y el de justicia indígena. Estos tienen carácter exclusivamente territorial y sólo se aplican en conflictos entre personas indígenas”.

La nueva redacción busca constitucionalizar lo establecido en el Artículo 8 del convenio 169 de la OIT, ratificado por Chile desde el 2008, y que aún no se aplicaba en el sistema de justicia actual. Dicho artículo indica que al aplicar la legislación nacional a miembros de los pueblos indígenas, se deben tomar en consideración sus costumbres y sistemas normativos.

Salvador Millaleo fue subsecretario de asuntos indígenas en el Ministerio del Interior / Crédito: Uchile

Salvador Millaleo, abogado especialista en materias indígenas, explica que este proceso “sólo puede ser gradual y paulatino. Los sistemas normativos de los pueblos indígenas existen, pero están muy deteriorados por el olvido, por la intervención de las culturas y del Estado, y requieren de la reconstrucción, requieren de un proceso planificado de largo aliento donde el Gobierno se comprometa a educar a todas las instituciones y se establezca una construcción paulatina de sistema de justicia propia. Es impensado que se pueda establecer de la noche a la mañana, es un proceso”

De acuerdo a la propuesta constitucional, ambos sistemas normativos funcionarán en conjunto y en colaboración. Luego de una consulta indígena -que determinará cómo los pueblos quieren ejecutar este sistema- será el legislador quien decidirá cómo operarán en la práctica estos principios. Así, se espera que pasen al menos dos años para tener certezas sobre el funcionamiento de estos sistemas complementarios. 

2.- En caso de que haya un delito en el que estén involucrados una persona de los pueblos y una que no pertenece, ¿habrá que elegir qué justicia impera?

No. El pluralismo jurídico aplica a la resolución de problemas en las comunidades, según tradiciones y cosmovisiones de cada pueblo. 

El pluralismo jurídico apunta al reconocimiento de las costumbres propias de las comunidades indígenas, de esa forma los sistemas de justicia tendrán que adquirir una posición acorde a la cosmovisión de cada pueblo para realizar fallos judiciales. De acuerdo con Millaleo esto significa que existirá, tal como en Estados Unidos y Colombia, una jurisdicción especializada en derecho indígena, y que será administrada por los mismos pueblos indígenas.

Si existieran discrepancias entre cuál sistema debe imperar, la norma establece que será la Corte Suprema la que actuará.

Para Silva, los casos de incidencia indígena “siempre son conocidos por la justicia ordinaria. El límite para la justicia indígena es el respeto a los derechos humanos tal como se establece en el borrador”. Si existieran discrepancias entre cuál sistema debe imperar, la norma establece que será la Corte Suprema la que actuará en caso de algún problema de jurisdicción. Asimismo, es la ley quien dictará los detalles de implementación: estas fórmulas no han sido dictadas por el proyecto de constitución aún, ya que solamente lo señala como un principio base de convivencia y no ofrece lineamientos especiales.

3.- ¿Gracias a la justicia indígena las personas originarias podrán zafar de la ley tradicional en caso de que cometan un delito?

No, el pluralismo no significa separatismo judicial.

Silva descarta de plano: “No. Este es un muy mal planteamiento (…) porque las personas no se escapan de la justicia por tener pluralismo, es sólo una forma de resolución de conflictos entre personas indígenas y siempre dentro de su territorio”, explica.

De acuerdo con el convencional Luis Jiménez (aymara), los casos que atañen al sistema de justicia indígena serían los delitos menores que usualmente deben ser resueltos en las formas que cada comunidad establece como forma de convivencia cultural. Y siempre será la ley la base normativa superior de los sistemas de justicia, pues ambas normativas deben regirse por ella.

4.- ¿La justicia indígena se aplicará a los que no son originarios?

No. Se establece para reconocer constitucionalmente prácticas distintas. Pero si una persona no es originaria o no pertenece a una comunidad indígena, se someterá naturalmente al sistema ya conocido.

Según Silva, “la justicia indígena no significa una segregación, es sólo el reconocimiento de las prácticas jurídicas y culturales propias de los pueblos indígenas para resolver sus conflictos”. Si se aprueba la propuesta constitucional y con ello un sistema de justicia indígena, este sólo aplicará a quienes se identifiquen como parte de un pueblo originario y quienes no sean parte de una etnia deben ser sometidos al sistema tradicional.

Por eso, no se entiende en específico como una segregación, sino que el respeto de las culturas a nivel judicial. Si una persona que comete un delito no comparte una cosmovisión específica, no se sustenta que sea sometido a la justicia indígena. 

Millaleo comenta que “el alcance de la jurisdicción indígena será determinado por la ley. Esta, normalmente, no alcanza a las personas no indígenas en la perspectiva del derecho comparado. En el caso de la aplicación del derecho indígena por tribunales estatales, y cuando haya partes no indígenas también, la garantía de la revisión por una instancia superior (nota: como la Corte Suprema), como parte del debido proceso, protege a indígenas como a no indígenas de los errores de la justicia”.  Δ

Tags: adolfo millaburpluralismo jurídicorosa catrileoSistemas de JusticiaVanessa Hoppe
ShareTweetShare

NOTICIAS RELACIONADAS

Seis claves del abismante triunfo del rechazo en el plebiscito de salida
NOTICIAS

Seis claves del abismante triunfo del rechazo en el plebiscito de salida

15/09/2022
Malestar, incertidumbre e inseguridad: claves de la percepción ciudadana del Chile post Convención
NOTICIAS

Malestar, incertidumbre e inseguridad: claves de la percepción ciudadana del Chile post Convención

14/09/2022
Las históricas cifras que dejó el Plebiscito de salida
NOTICIAS

Las históricas cifras que dejó el Plebiscito de salida

08/09/2022
Chile dice no a la Propuesta de Constitución y el Presidente llama a iniciar un nuevo proceso
NOTICIAS

Chile dice no a la Propuesta de Constitución y el Presidente llama a iniciar un nuevo proceso

05/09/2022
Amargura y decepción: las explicaciones en el comando del apruebo tras una aplastante derrota
NOTICIAS

Amargura y decepción: las explicaciones en el comando del apruebo tras una aplastante derrota

04/09/2022
Participación ciudadana y derechos sociales: Los compromisos de La Casa Ciudadana tras el indiscutido triunfo del rechazo
NOTICIAS

Participación ciudadana y derechos sociales: Los compromisos de La Casa Ciudadana tras el indiscutido triunfo del rechazo

04/09/2022
Next Post
Comisión de Armonización concluyó su trabajo y da término a las modificaciones del borrador constitucional

Comisión de Armonización concluyó su trabajo y da término a las modificaciones del borrador constitucional

NOTICIAS MÁS VISTAS

Juan José Parada: «Literalmente mi padre y mi abuelo dieron su vida para que Javiera tuviera ese privilegio»

Juan José Parada: «Literalmente mi padre y mi abuelo dieron su vida para que Javiera tuviera ese privilegio»

18/08/2022
Felipe Bianchi sobre Amarillos por Chile: «Tropa de egoístas defendiendo sus privilegios»

Felipe Bianchi sobre Amarillos por Chile: «Tropa de egoístas defendiendo sus privilegios»

09/09/2022
Smok, John Smok: el eficiente y silencioso secretario general de la Convención

Smok, John Smok: el eficiente y silencioso secretario general de la Convención

13/05/2022
Votamos Tod@s precisa el polémico video del convencional Martín Arrau

Votamos Tod@s precisa el polémico video del convencional Martín Arrau

28/01/2022
Roberto Celedón: «Conocer el mal es para amar el bien, no para continuar en la misma lógica»

Roberto Celedón: «Conocer el mal es para amar el bien, no para continuar en la misma lógica»

26/05/2022

SELECCION DEL EDITOR

Las lecciones que dejaron la elección de Quinteros y la caída de Dorador

Las lecciones que dejaron la elección de Quinteros y la caída de Dorador

06/01/2022
Sistema Político arma un ciclo de reuniones informales para negociar acuerdos

Sistema Político arma un ciclo de reuniones informales para negociar acuerdos

23/03/2022
Se rechaza con 0 votos a favor artículo del Informe de la Comisión de Sistema Político

Pleno 17: En una lapidaria jornada, se rechaza casi la totalidad del primer informe de la Comisión de Sistema Político

19/03/2022
La Convención cierra su visita territorial a la zona norte con cuecas y caporal

La Convención cierra su visita territorial a la zona norte con cuecas y caporal

22/05/2022

VOTAMOS TODOS

Somos un medio digital y nos edita la corporación ciudadana sin fines de lucro Zismo.

Follow us

Categorías

  • ¿SÍ O NO?
  • ACCOUNTABILITY VT
  • CONVENCIONALES
  • ENTREVISTAS
  • FICHA CONSTITUYENTE
  • HECHO EN CASA
  • ILUMINACIÓN
  • KAS
  • MEDIO AMBIENTE
  • NOTICIAS
  • OPINIÓN
  • OTRO FOCO
  • QUE EL TEXTO HABLE
  • QUIÉNES SOMOS
  • REPORTAJES
  • VT ESTUDIANTIL

Posteos Recientes

  • «Memoria 2021-2022»: Se cierra una etapa en Votamos Tod@s
  • Seis claves del abismante triunfo del rechazo en el plebiscito de salida
  • Malestar, incertidumbre e inseguridad: claves de la percepción ciudadana del Chile post Convención
  • Las históricas cifras que dejó el Plebiscito de salida
No Result
View All Result
  • HOME
  • QUIENES SOMOS

© 2021 JNews - Premium WordPress news & magazine theme by Jegtheme.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In