El Sistema Nacional de Salud ya había sido aprobado por el Pleno de la Convención. En la sesión deliberativa 32, del 19 de abril, Derechos Fundamentales presentó un informe de 27 artículos. De ese texto, hubo normas relativas salud que salieron adelante sin votos en contra. El enunciado general señala que el sistema:
«Tendrá un carácter universal, público e integrado con principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficacia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación».
Ayer el Pleno deliberativo 48 hizo definiciones. Una de ellas atañe a los pueblos originarios: sus medicinas tradicionales serán protegidas e integradas al sistema. Pero el gran nudo estaba en la participación que tendrá el sector privado. El artículo 14, en su inciso quinto, abre la puerta a los privados: «el Sistema Nacional de Salud podrá estar integrado por prestadores públicos y privados». Añade que «la ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse».
«La CC no alcanzó un acuerdo para determinar cuáles serán los requisitos para que operen estas instituciones en los sistemas de salud. Por lo tanto, la regulación la tendrá que hacer necesariamente el legislador». César Valenzuela (CS), coordinador de Derechos Fundamentales, respecto de las Isapres.
La norma fue aprobada con 112 votos, más del mínimo de 2/3, que son 103. Pero igual no dejó satisfechos a los convencionales de la derecha que ya en el Pleno del 19 de abril habían demostrado su incomodidad por el tenor del articulado de derechos sociales. En voz del economista Bernardo Fontaine (Evópoli), lo que se está proponiendo es «rasca». Ese día, Fontaine afirmó: «Vamos a tener un sistema de salud estatal, pero vamos a perder la oportunidad de elegir la medicina privada».
Ayer se explicó que el verbo «podrán» no entrega garantías suficientes a los prestadores de salud privados. Manuel José Ossandón (RN) expresó: «A simple vista parece ser una norma correcta pero, si tu analizas el verbo, queda abierto para que el día de mañana se pueda excluir a los privados y exista un sistema solo para el sistema público. Creo que eso es muy complejo”. El convencional añadió que «en materia constitucional hay que ser estrictos con los conceptos».
En lo práctico, sin embargo, en caso de que se apruebe la propuesta de nueva Constitución, la norma asegura la continuidad de las clínicas privadas. A los privados que quieran formar parte del Sistema Nacional de Salud y que cumplan con los requisitos establecidos, que la ley determinará, pueden ingresar a este sistema. Eso abriría la puerta, quizá, a las mutuales (ver recuadro).
Tras el Pleno de ayer se explicó que aquellos prestadores de servicios de salud que deseen mantener su estructura de negocios, podrán seguir haciéndolo por fuera del sistema. Eso implica que no podrán recibir financiamiento del Estado para dar sus prestaciones. Asimismo, podrán seguir estableciendo criterios de atención, dado que se rechazó la norma que establece que el acceso a las prestaciones de salud estará determinado por criterios sanitarios y no por la capacidad individual de pago.
Lo que también quedó fuera es la propuesta que permitía que los seguros privados -es decir, las Isapres- existieran con «la única finalidad de complementar o suplementar la cobertura asegurada por el financiamiento del Sistema Nacional de Salud». El haber quedado fuera del borrador implica que las Isapres, como prestadores de seguros, tendrán que tener un espacio en la ley para acomodarse. La norma propuesta para regular a las Isapres era muy restrictiva y por eso no logró los votos necesarios.
Uno de los coordinadores de la comisión de Derechos Fundamentales, César Valenzuela (Colectivo Socialista) afirmó con el ánimo de despejar dudas: «Evidentemente la CC no alcanzó un acuerdo para determinar cuáles serán los requisitos para que operen estas instituciones en los sistemas de salud. Por lo tanto, la regulación la tendrá que hacer necesariamente el legislador». Δ
EL ARTÍCULO COMPLETO DICE LO SIGUIENTE:
Artículo 14:
Inciso quinto.- El Sistema Nacional de Salud podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. La ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse al Sistema Nacional de Salud.
Inciso sexto.- Es deber del Estado velar por el fortalecimiento y desarrollo de las instituciones públicas de salud.
Inciso octavo.- Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales, a mantener sus prácticas de salud y a conservar los componentes naturales que las sustentan. El Sistema Nacional de Salud reconoce, protege e integra estas prácticas y conocimientos como también a quienes las imparten, en conformidad a esta Constitución y la ley.