La presidenta del Consejo para la Transparencia (CPLT), Gloria de la Fuente, y Elisa Loncon, presidenta de la Convención, presentaron este martes el Portal Transparencia del Estado para la CC. Fue la formalización de una herramienta que existe desde el pasado miércoles 13 de octubre, en la que se reciben solicitudes de acceso a la información a través del Portal de Transparencia del Estado.
Pese a que la Convención no tiene obligaciones en la materia han decidido de forma voluntaria adoptar mecanismos de acceso a la información; es decir, responder requerimientos de las personas y en transparencia activa, manteniendo disponible y actualizada información para la ciudadanía.

“Como Consejo para la Transparencia nos pusimos al servicio de la Convención desde el primer día para apoyarlos en aquellas materias asociadas a transparencia, integridad y probidad en las que consideren que podemos prestarles ayuda desde nuestra experiencia”, explicó de la Fuente.
La encargada del Consejo para la Transparencia destacó que el mecanismo para responder a solicitudes de información tiene estándares más exigentes que los que establece la ley vigente para organismos de la administración central: “Que la Convención publique información en plataformas a las que puede acceder cualquier persona es resultado de un trabajo conjunto, tras el convenio que suscribimos en julio, y que permitirá a las personas acceder a información sobre el proceso constituyente y hacer control social”.
La Convención Constitucional detalló el procedimiento para reclamar cuando no se entrega la información solicitada por los ciudadanos. Será el Comité de Ética el encargado de ver casos en los que no se entregó respuesta en el plazo establecido, se negó el acceso a la información requerida, en que los antecedentes entregados son parciales o si la respuesta no corresponde a la información que pidió.
📅🙌En la sede de la #ConvenciónConstitucional, pdta #CPLT @gdelafue y pdta @convencioncl @ElisaLoncon encabezan lanzamiento de implementación del https://t.co/pPm6MUlM9V plataforma que permitirá al órgano constitucional recibir solicitudes de acceso a la información pública. pic.twitter.com/9FUoQ0LzDG
— ConsejoTransparencia (@ctransparencia) October 19, 2021
Actualmente, las sesiones, documentos, integrantes de las comisiones y acuerdos están en el sitio web de la CC. Además, la Convención se comprometió a utilizar las plataformas de InfoLobby, InfoProbidad, Portal de Transparencia y el Sistema de Declaraciones de Intereses y Patrimonio.
Cómo se fiscaliza a la CC
A propósito de estas decisiones que se proponen transparentar el trabajo de la Convención a la ciudadanía, se recordó el episodio del viernes 8 de octubre en que los diputados de Renovación Nacional Diego Schalper y Luis Pardo realizaron lo que llamaron una visita de fiscalización a la Convención.
El hecho causó indignación en varios constituyentes, quienes enfatizaron que los diputados no tienen atribuciones para fiscalizar el actuar de la CC. De acuerdo con el Artículo 52 de la Constitución de Chile, son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados fiscalizar los actos del Gobierno y declarar si dan o no lugar las acusaciones contra el Presidente de la República o ministros, por ejemplo. La Convención Constitucional no forma parte del Gobierno, por lo que los diputados realizaron una acción que no cabe dentro de las atribuciones para su puesto.
La Convención no puede ser fiscalizada por órganos como Contraloría General de la República ni el Consejo para la Transparencia, tampoco por la Cámara de Diputados. Es ella, de forma autónoma y soberana, la que define los mecanismos y a los órganos que deban fiscalizar su labor.
Pero, si la Cámara de Diputados no tiene atribuciones para ello, ¿quién fiscaliza el trabajo de la Convención Constitucional?
La CC se definió a sí misma como “una asamblea representativa, paritaria y plurinacional, de carácter autónomo”. Respecto a quién le competería la tarea de fiscalizar, tiene un Comité Externo de Asignaciones. Este comité independiente está integrado por personas que no pertenecen a la Convención Constitucional.
El Reglamento General de la Convención que fue despachado el pasado 29 de septiembre establece las normas básicas para el correcto funcionamiento de la Convención, así como los medios dispuestos para garantizar la transparencia. ¿Entonces? La Convención no puede ser fiscalizada por órganos como Contraloría y el Consejo para la Transparencia, tampoco por la Cámara de Diputados. Es la Convención la que, de forma autónoma y soberana, define los mecanismos y a los órganos que deban fiscalizar su labor. Δ