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Votamos Tod@s precisa las declaraciones de Rojo Edwards sobre pluralismo jurídico y caso Llaitul: Son falsas

Luego de la captura del líder de la CAM, el senador dijo que "si hubiese sido detenido con el nuevo texto constituyente propuesto, hubiese sido juzgado por la justicia de Temucuicui y probablemente liberado en minutos". Citando artículos, cuatro ex convencionales desmienten sus palabras.

Jessica Herrera by Jessica Herrera
20/09/2022
in ¿SÍ O NO?
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Votamos Tod@s precisa las declaraciones de Rojo Edwards sobre pluralismo jurídico y caso Llaitul: Son falsas

El senador Rojos Edwards dio declaraciones a la prensa desde La Moneda, donde asistió como invitado a una convocatoria del gobierno. / Crédito: Agencia Uno

Por Rodrigo Córdova y Jessica Herrera

Hoy miércoles 24 de agosto, a eso de las 14:20 de la tarde, el senador republicano Rojo Edwards estaba, junto a otros representantes de partidos políticos, en los patios de La Moneda a la espera de las declaraciones de la ministra del Interior, Izkia Siches, respecto a la detención del líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul. Ante el revuelo mediático, Edwards aprovechó las cámaras para realizar la siguiente declaración: «Si Héctor Llaitul hubiese sido detenido con el nuevo texto constituyente propuesto, hubiese sido juzgado por la justicia de Temucuicui y probablemente liberado en minutos». Esta afirmación es falsa.

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«Si Héctor Llaitul hubiese sido detenido con el nuevo texto constituyente propuesto, hubiese sido juzgado por la justicia de Temucuicui y probablemente liberado en minutos». La falsa declaración del senador Edwards. 

La ex convencional y abogada con magister en derecho procesal y procesal penal Manuela Royo explica por qué la declaración del senador no se ajusta a lo que propone el proyecto de nueva Constitución: «La nueva Constitución no modifica el código penal, por lo que de modo alguno cualquier robo común, como hurto de madera, amenazas o lo que sea, puede ser conocido bajo el sistema de justicia indígena». Royo explica que, en caso de que se apruebe la propuesta Constitucional, aún hace falta el trámite legislativo que procese la justicia indígena y es la ley quien «va a establecer la competencia de este tipo de materias». 

Su ex colega convencional y doctor en Derecho Christian Viera coincide en que la declaración es falsa. Viera explica que la ley tendrá que establecer los límites y competencia de la justicia indígena, pero además agrega que el artículo 309 de la propuesta constitucional establece que los sistemas jurídicos de naciones indígenas deben «respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales».

La Propuesta «no modifica el código penal por lo que de modo alguno cualquier robo común, como hurto de madera, amenazas o lo que sea, puede ser conocido bajo el sistema de justicia indígena». Manuela Royo, abogada y ex convencional de Movimientos Sociales

Viera -quien fue coordinador de la Comisión de Sistemas de Justicia de la CC- agrega que en el artículo 112 se establece que ningún delito se castigará «con otra pena señalada por la ley»; es decir, que la ley ya tiene penas respectivas para los delitos y eso no cambiará según el tribunal, sea ordinario o indígena. Por último, el abogado hace alusión a la experiencia comparada respecto a la justicia indígena: «En cualquier lugar del mundo el pluralismo jurídico, por diseño legislativo, excluye a la justicia indígena el conocimiento de los crímenes».

La declaración de Edwards produjo molestias entre los ex convencionales, especialmente entre los escaños reservados mapuche. Rosa Catrileo, abogada especializada en derechos humanos y ex convencional, declaró a VT Noticias: «El artículo 309 reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos originarios. No reconoce facultad de crear tribunales, sino las formas propias de resolución de conflictos intracomunitarios».

Catrileo también detalla el límite que imponen los derechos fundamentales: «Uno es el debido proceso y la legalidad que señala que los delitos requieren estar en una ley previa. Los pueblos originarios no dictan leyes, por lo que los delitos serán determinados por ley y juzgados por los tribunales ordinarios que ven esas materias; es decir, juzgados de garantías y los tribunales orales en lo penal».

«El artículo 309 reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos originarios. No reconoce facultad de crear tribunales, sino las formas propias de resolución de conflictos intracomunitarios». Rosa Catrileo, abogada y ex convencional mapuche

Con respecto a la justicia de Temucuicui, a la cual Edwards se refiere, la abogada señala: «no se reconoce una justicia a las comunidades en particular (Temucuicui es solo una comunidad), sino los sistemas de los pueblos originarios, en general».

Para Marcos Barraza, ex constituyente del PC, las afirmaciones de Edwards son una «mentira descarada». El ex representante del distrito 13 fue crítico al señalar a VT Noticias que «la propuesta constitucional no inventa leyes que permitan lo que el senador declara. Tenemos que respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales a los que Chile está suscrito».

Barraza argumenta que los delitos de los que se acusa a Llaitul «jamás se tratarían en el sistema de justicia de los pueblos, sino que, como siempre ha sido, serán los tribunales ordinarios los que se remitan a procesar esta clase de materias». Δ

Tags: Christian VieraManuela Royopluralismo jurídicoRojo Edwardsrosa catrileoSistemas de Justicia
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